Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción Delegación Tamaulipas
   
   
 
Normatividad / Capítulo XTLC

CAPITULO X TLC
SECCIÓN D. DISPOSICIONES GENERALES

[Sección A] [Sección B] [Sección C] [Sección D] [Anexos]

Anexo 1001.1a-3
Entidades de los gobiernos estatales y provinciales.

La cobertura de este Anexo será materia de consultas con los gobiernos estatales y provinciales de conformidad con el Artículo 1024.20 de Diciembre de 1993.

Anexo 1001.1b Bienes
Sección A Disposiciones Generales

1. El presente capítulo se aplica a todos los bienes, a excepción de lo dispuesto en los párrafos 2 a 5 y la Sección B.
2. Con relación a Canadá, los bienes incluidos en la Sección B adquiridos por el Department of National Defence y la Royal Canadian Mounted Police están incluidos en la cobertura de este capítulo, sujeto al Artículo 1018(1).
3. Con relación a México, los bienes incluidos en la sección B adquiridos por la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina están incluidos en la cobertura de este Capítulo, sujeto a la aplicación del Artículo 1018.
4. Con relación a Estados Unidos, este capítulo aplicará generalmente a las adquisiciones del Department of Defense para las categorías del FSC señaladas en la Sección B, sujeto a las determinaciones del Gobierno de los Estados Unidos conforme al Artículo 1018(1).
5. Este capítulo no se aplica a las siguientes compras del Department of Defense de Estados Unidos:
(a) Federal Supply Classification (FSC)
83 - todos los elementos de esta clasificación excepto alfileres, agujas, estuches de costura, astas, postes de banderas y camiones insignia; (b) FSC
84 - todos los elementos de esta clasificación excepto la subclase 8460 (equipaje); (c) FSC
89 - todos los elementos de esta clasificación excepto la subclase
8975 (productos de tabaco); (d) FSC 2310 - (Autobuses solamente); (e) metales especiales definidos como aceros fundidos en las fundidoras de acero ubicadas en Estados Unidos o sus posesiones, cuando el máximo contenido de aleación exceda uno o más de los siguientes límites, debe ser usado en productos adquiridos por el Department of Defense: (1) manganeso, 1.65 por ciento silicón, 0.60 por ciento; cobre, 0.60 por ciento; o que contengan más de 0.25 por ciento de cualquiera de los siguientes elementos: aluminio, cromo, cobalto, colombio, molibdeno, níquel, titanio, tungsteno, o vanadio; (2) aleaciones metálicas consistentes de níquel, hierro niquelado y aleaciones a base de cobalto conteniendo un total de otros metales aleados (excepto hierro) que exceda al 10 por ciento; (3) titanio y aleaciones de titanio, o (4) aleaciones a base de circonio; (f) FSC 19 y 20 - la parte de estas clasificaciones definida como embarcaciones de guerra o componentes mayores del casco o superestructura de los mismos; (g) FSC 51; y (h) las siguientes categorías del FSC no están generalmente cubiertas dada la aplicación del Artículo 1018(1): 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 20, 28, 31, 58, 59 y 95.

Sección B Lista de ciertos bienes

Nota: La numeración se refiere a los códigos de la Federal Supply Classification
22. Equipo ferroviario
23. Vehículos de motor, traileres y motocicletas (excepto autobuses 2310; y, para Canadá y México, excepto camiones militares y traileres en 2320 y 2330 y vehículos de tracción para combate, asalto y tácticos en 2350)
24. Tractores
25. Piezas para vehículos automotores
26. Llantas y cámaras
29. Accesorios para motor
30. Equipo de transmisión de poder mecánico
32. Maquinaria y equipo para trabajar madera
34. Equipo para trabajar metales
35. Equipo de servicio y comercio
36. Maquinaria industrial especial
37. Maquinaria y equipo agrícola
38. Equipo para construcción, minería, excavación y mantenimiento de autopistas
39. Equipo para el manejo de materiales
40. Cuerdas, cables, cadenas y accesorios
41. Equipo de refrigeración y de aire acondicionado
42. Equipo para combatir incendios, de rescate y seguridad (para Canadá, excepto 4220: equipo marino para salvavidas y buceo; y 4230: equipo para descontaminación e impregnación)
43. Bombas y compresores
44. Hornos, plantas de vapor, equipo de secado y reactores nucleares
45. Equipo de plomería, de calefacción y sanitario
46. Equipo para purificación de agua y tratamiento de aguas negras
47. Tubos, tubería, mangueras y accesorios
48. Válvulas
49. Equipo para talleres de mantenimiento y reparación
52. Instrumentos de medición
53. Ferretería y abrasivos
54. Estructuras prefabricadas y andamios
55. Madera, aserrados y aglutinados de madera y chapados de madera
56. Materiales de construcción y edificación
61. Cable eléctrico y equipo de producción y distribución de energía
62. Lámparas y accesorios eléctricos
63. Sistemas de alarma y señalización
65. Equipos y suministros médicos, dentales y veterinarios
66. Instrumentos y equipo de laboratorio para Canadá, excepto 6615: mecanismos de piloto automático y componentes aéreos giroscópicos; y 6665: instrumentos y aparatos para detección de riesgos
67. Equipo fotográfico
68. Químicos y productos químicos
69. Materiales y aparatos de entrenamiento
70. Equipo de procesamiento automático de datos para todo uso, suministro de software y equipo de apoyo (para Canadá, excepto 7010: configuraciones de equipo automático de procesamiento de datos)
71. Muebles
72. Mobiliario y dispositivos domésticos y comerciales
73. Equipo para la preparación y servicio de alimentos
74. Máquinas de oficina, sistemas de procesamiento de textos y equipo visualizador de registros
75. Suministros e instrumentos de oficina
76. Libros, mapas y otras publicaciones (para Canadá y México, excepto 7650: dibujos y especificaciones)
77. Instrumentos musicales, fonógrafos y radios domésticos
78. Equipo de atletismo y recreación
79. Material y equipo de limpieza
80. Brochas, pinturas, selladores y adhesivos
81. Contenedores, materiales y suministros de empaques
85. Artículos de aseo personal
87. Suministros agrícolas
88. Animales vivos
91. Combustibles, lubricantes, aceites y ceras (sólo para Canadá y Estados Unidos)
93. Materiales fabricados no-metálicos
94. Materiales en bruto no-metálicos
96. Minerales ferrosos y no ferrosos y sus derivados (para México, excepto 9620: minerales naturales y sintéticos)
99. Misceláneos

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