Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción Delegación Tamaulipas
   
   
 
Normatividad / Capítulo XTLC

CAPITULO X TLC
SECCIÓN B. PROCEDIMIENTOS DE LICITACION

[Sección A] [Sección B] [Sección C] [Sección D] [Anexos]

2. Ninguna entidad sancionará al proveedor cuya oferta se reciba en la oficina designada en las bases de la licitación después del vencimiento del plazo fijado, cuando el retraso se deba solamente a un descuido de la entidad. La entidad también podrá admitir ofertas recibidas una vez vencido el plazo para la recepción de ofertas en circunstancias excepcionales, si así lo autorizan los procedimientos de la entidad.

3. Todas las ofertas solicitadas por una entidad en los procedimientos de licitación abierta o selectiva deberán recibirse y abrirse con arreglo a los procedimientos y en las condiciones que garanticen la regularidad de la apertura de las ofertas. La entidad conservará la información correspondiente a la apertura de las ofertas. La información deberá permanecer a disposición de las autoridades competentes de la Parte para ser utilizada, de requerirse, de conformidad con el Artículo 1017, Artículo 1019, o el Capítulo XX, "Disposiciones institucionales y procedimientos para la solución de controversias".

4. Una entidad adjudicará los contratos de acuerdo con lo siguiente: (a) para que una oferta pueda ser considerada para la adjudicación, tendrá que cumplir, en el momento de la apertura, con los requisitos esenciales estipulados en la convocatoria o en las bases de la licitación y proceder de los proveedores que cumplan con las condiciones de participación;(b) si la entidad recibe una oferta anormalmente inferior en precio a las otras presentadas, la entidad podrá averiguar con el proveedor para asegurarse de que éste satisface las condiciones de participación y es o será capaz de cumplir los términos del contrato;(c) a menos que por motivos de interés público decida no adjudicar el contrato, la entidad lo adjudicará al proveedor al que haya considerado plenamente capaz de ejecutar el contrato y cuya oferta sea la de precio más bajo o la más ventajosa de acuerdo con los criterios específicos de evaluación establecidos en la convocatoria o en las bases de licitación;(d) las adjudicaciones se harán de conformidad con los criterios y los requisitos esenciales establecidos en las bases de licitación; y (e) no se utilizarán las cláusulas relativas a opciones con objeto de eludir este capítulo.

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