Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción Delegación Tamaulipas
   
   
 
Normatividad / Capítulo XTLC

CAPITULO X TLC
SECCIÓN B. PROCEDIMIENTOS DE LICITACION

[Sección A] [Sección B] [Sección C] [Sección D] [Anexos]


Artículo 1012.
Plazos para la licitación y la entrega
1. Una entidad deberá: (a) al fijar un plazo, proporcionar a los proveedores de otra Parte tiempo suficiente para preparar y presentar ofertas antes del cierre de la licitación; (b) al establecer un plazo, de acuerdo con sus propias necesidades razonables, tomar en cuenta factores tales como la complejidad de la compra, el grado previsto de subcontratación y el tiempo que normalmente se requiera para transmitir las ofertas por correo tanto desde lugares en el extranjero como dentro del territorio nacional; y (c) al establecer la fecha límite para la recepción de ofertas o de solicitudes para ser invitado a licitar, considerar debidamente las demoras de publicación.

2. Sujeto al párrafo 3, una entidad dispondrá que:
(a) en los procedimientos de licitación abierta, el plazo para la recepción de una oferta no sea inferior a 40 días contados a partir de la fecha de publicación de una convocatoria, de conformidad con el Artículo 1010;
(b) en los procedimientos de licitación selectiva que no impliquen la utilización de una lista permanente de proveedores calificados, el plazo para la presentación de una solicitud para ser invitado a licitar no sea inferior a 25 días a partir de la fecha de publicación de una convocatoria, de conformidad con el Artículo 1010, "Invitación a participar", y el plazo para la recepción de ofertas no sea inferior a 40 días a partir de la fecha de emisión de una invitación a licitar
(c) en los procedimientos de licitación selectiva que impliquen la utilización de una lista permanente de proveedores calificados, el plazo para la recepción de ofertas no sea inferior a 40 días contados a partir de la fecha de la primera invitación a licitar, pero cuando esta última fecha no coincida con la de publicación de una convocatoria a la que se refiere el Artículo 1010, "Invitación a participar", no deberán transcurrir menos de 40 días entre ambas fechas.

3. Una entidad podrá reducir los plazos previstos en el párrafo 2 de acuerdo con lo siguiente:
(a) Cuando se haya publicado la convocatoria a la que se refiere el Artículo 1010(3) o (5), dentro de un período no menor a 40 días y no mayor a 12 meses, el plazo de 40 días para la recepción de ofertas podrá reducirse a no menos de 24 días;
(b) cuando se trate de una segunda publicación o de una publicación subsecuente relativa a contratos recurrentes, conforme al Artículo 1010(2)(a), el plazo de 40 días para la recepción de las ofertas podrá reducirse a no menos de 24 días;
(c) cuando, por razones de urgencia que justifique debidamente la entidad, no puedan observarse los plazos fijados éstos podrán reducirse pero, en ningún caso dichos plazos serán inferiores a diez días, contados a partir de la fecha de publicación de una convocatoria de conformidad con el Artículo 1010; o
(d) cuando una de las entidades señaladas en el Anexo 1001.1a2 o en el Anexo 1001.1a3, utilice como invitación a participar una convocatoria a la que se refiere el Artículo 1010(5), la entidad y los proveedores seleccionados podrán fijar, de común acuerdo, los plazos; no obstante, a falta de acuerdo, la entidad podrá fijar plazos suficientemente amplios para permitir la debida presentación de ofertas, que en ningún caso serán inferiores a diez días.

4. Al establecer la fecha de entrega de los bienes o servicios, y conforme a sus necesidades razonables, una entidad tendrá en cuenta factores tales como la complejidad de la compra, el grado previsto de subcontratación, y el tiempo que con criterio realista se estime necesario para la producción, el despacho y el transporte de los bienes desde los diferentes lugares de suministro.

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